De acuerdo con lo establecido por la Ley MIPYME, se establece que microcrédito es toda operación crediticia destinada a financiar capital de trabajo, adquisición de activos fijos y/o mejoras locativas del negocio, a sujetos de crédito que califiquen como microempresarios (activos totales del negocio hasta 501 SMMLV), planta de personal no debe superar 10 empleos permanentes incluyendo el empresario y cuyo endeudamiento global no supere los 120 salarios mínimos mensuales legales vigentes exceptuando los créditos hipotecarios.
La presente ley tiene por objeto desarrollar el derecho constitucional que tienen todas las personas a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bases de datos o archivos, y los demás derechos, libertades y garantías constitucionales a que se refiere el artículo 15 de la Constitución Política; así como el derecho a la información consagrado en el artículo 20 de la misma.